¿Es obligatorio que todos los edificios y residenciales abran sus áreas sociales?

A partir del 1 de junio las áreas sociales de los PHs están autorizadas por el Ministerio de Salud (Minsa) a reabrir. El Minsa ha dispuesto una serie de requisitos como una capacidad máxima del 25% guardando dos metros de distancia y el uso de mascarillas.

Paralelo a esto el PH tiene que tener la capacidad financiera y de personal para poder asegurar una limpieza permanente de las áreas habilitadas. Si su PH no cuenta aún con un protocolo de bioseguridad o no cuenta con el personal o recursos para asegurar áreas sociales limpias y desinfectadas, recomiendo no abrir hasta tanto estén parados.

¿Qué debe contener el protocolo de bioseguridad de un PH? ¿Quién los elabora?

El protocolo de bioseguridad de un PH debe contener lineamientos básicos que identifiquen las áreas comunes y sociales del edificio o residencial y los procesos y frecuencia de limpieza requeridos para prevenir el riesgo de contagio del Covid-19. De igual forma abarcan las normativas temporales, horarios y capacidades máximas para el uso de las áreas. Pueden de igual forma contener recomendaciones especiales para procesos de ingreso de personal y proveedores, mudanzas, remodelaciones y similares.

Estos protocolos son elaborados por la administración o por profesionales en bioseguridad y presentados a la junta directiva para su implementación. Por el momento, no es necesario su registro en ninguna institución del gobierno.

¿Qué recomienda para los niños a la hora de usar las áreas sociales?

Recordemos que los niños han estado casi tres meses dentro de casa. No están acostumbrados a guardar distancia ni a utilizar mascarillas. Es importante conversar con ellos sobre las medidas de prevención recomendadas como lavarse frecuentemente las manos, utilizar gel alcoholad, guardar la distancia de dos metros, evitar juegos y deporte de contacto, así como el uso permanente de mascarillas.

El proceso de adaptación de los niños a estas nuevas “reglas de juego” deberá ser gradual, por lo cual es necesario tener mucha paciencia.

¿Qué ha indicado el Minsa con relación a las piscinas y gimnasios? ¿Están permitidos?

Lamentablemente el Minsa no ha sido muy claro con relación a qué partes del área social pueden ser habilitadas y cuáles no. Inicialmente en la resolución de apertura del Bloque 2 se indicó que podía reabrir el “área social”, lo cual entendimos abarcaba todos lo componentes del área.

Sin embargo, el viceministro de Salud, Luis Fernando Sucre, en varios medios indicó que esta apertura no incluía gimnasios ni piscinas ni cuarto de juegos de niños y el propio ministerio aclaró posteriormente en redes sociales que las piscinas no podían abrir. Pero en cuanto a los gimnasios las reglas no quedaron de todo claras.

Esperemos que el Minsa aclare la resolución No. 453 de 29 de mayo de 2020 para evitar ambigüedades en cuanto a la interpretación lo cual está generando cuestionamientos y dudas entre residentes y administradores.

¿Por qué algunos PHs han prohibido el ingreso de instructores particulares y visitas a las áreas sociales?

Muchos PHs en Panamá siguen solicitando que los residentes reciban la menor cantidad de visitas posibles, sobre todo si se trata de PHs libres de Covid-19. Las personas ajenas al edificio o residencial pueden ser portadoras del virus y contagiar a residentes y colaboradores sin saberlo.

Adicional a esto, ya tenemos un límite de ocupación máximo de 25% cuya preferencia y prioridad debe estar destinado a favor de residentes y no de terceros. No olvidemos también que las actividades profesionales de este tipo no están incluidas aún en el bloque 1 ni 2, por lo cual tampoco están autorizados por el gobierno nacional a operar.