El leasing es una opción de financiamiento para personas o empresas que desean incrementar su capacidad de producción y no tengan el capital necesario para hacerlo, ya que no se requiere de una inversión inicial.

Este producto financiero puede ayudar mucho a pequeñas, medianas y a grandes empresas para hacer inversiones en equipos. También a individuos que deseen adquirir un automóvil pensando en cambiarlo cada cinco años o una vez depreciados y que deseen reducir sus impuestos.

El leasing, o arrendamiento financiero, es realizado por una empresa o sociedad financiera que va a adquirir bienes como maquinaria, equipo de cómputo, automóviles o inmuebles, para ceder su uso a un cliente o arrendatario, a través del pago de letras fijas en un plazo específico. Vencido el término del contrato, el arrendatario tiene la facultad de adquirir el bien a un precio determinado, que se denomina residual, pues su cálculo viene dado por la diferencia entre el precio originario pagado por el arrendador (más los intereses y gastos) y las cantidades abonadas por el arrendatario al arrendador. Si el arrendatario no ejerce la opción de adquirir el bien, deberá devolverla al arrendador, salvo que el contrato se prorrogue.

Este sistema tiene varias ventajas por encima del financiamiento tradicional. El cliente tiene la posibilidad de elegir el perfil de las cuotas periódicas acorde al flujo de su negocio. Los bienes adquiridos bajo este tipo de contrato son inembargables y cuentan con coberturas adecuadas, protegiendo la inversión.

Las ventajas del leasing se resumen en los siguientes puntos: se puede financiar el 100% de la inversión; estas operaciones no forman parte del riesgo comercial financiero a efectos bancarios porque no se ha comprado el bien; se pueden obtener importantes ventajas fiscales, ya que el valor de las cuotas de amortización puede tomarse como gasto tributario, por lo cual el valor total de la maquinaria o equipo puede deducirse como gasto, a excepción del pago del valor residual del bien.

Este producto ofrece gran flexibilidad y rapidez para obtener una renovación tecnológica de los equipos o flotas de vehículos. En Panamá, la Ley 7 del 10 de julio de 1990 regula lo concerniente a este negocio. Bancos y compañías de leasing están autorizadas por dicha ley para ejercerlo.

Los arrendamientos se clasifican en financieros y operativos, de acuerdo con la medida en la cual el arrendador le transfiere al arrendatario, de manera significativa, los riesgos y ventajas relacionados con la propiedad del activo. Los arrendamientos operativos, también llamados arrendamientos puros, los hace directamente el fabricante o distribuidor del bien. En este caso, la arrendadora permite que el arrendatario utilice dicho bien a cambio del pago de una renta.

En el caso del financiero, lo lleva a cabo un intermediario financiero o una sociedad de leasing, que cede al cliente el uso de un bien a cambio del pago de cuotas periódicas durante un plazo, y al concluir, el cliente puede adquirir la propiedad. En el leasing operativo el contrato suele ser de uno a tres años, mientras que en el financiero varía según el tipo de bien, ya que hay dos modalidades: mobiliario, que comprende autos, maquinaria, equipo industrial, de oficina, por mencionar algunos; y el inmobiliario, que puede ser un terreno o un edificio cuyo costo y plazo es superior. Antes de solicitar un leasing, indague en bancos y diversas empresas.